domingo, 9 de marzo de 2014

Cita con la democracia para elegir nuevo Congreso de Colombia, este domingo

El poder legislativo en Colombia está conformado por 102 senadores y 166 Representantes a la Cámara. De los 102 miembros del Senado, 100 se eligen por circunscripción nacional y los otros dos por la circunscripción especial indígena. Risaralda elige cuatro representantes. La cita es este domingo.


Entre los 166 Representantes a la Cámara, 1 es elegido por circunscripción especial de comunidades indígenas, 1 en representación de los colombianos residentes en el exterior y 2 por la circunscripción especial de comunidades negras.   El próximo 14 de marzo los colombianos elegirán los miembros del Congreso para el período 2010 - 2014. 

Voto preferente y no preferente: De acuerdo con las normas electorales vigentes, cada partido, movimiento político o grupo significativo de ciudadanos determina el orden de los candidatos en la lista y decide si opta por conformar sus listas con voto preferente o no preferente.   Si el partido opta por el voto preferente, el ciudadano tiene la opción de votar sólo por el partido, o por el partido y por alguno de los candidatos de esa colectividad. Al final, después del escrutinio, cada la lista se ordena de acuerdo con el número de votos obtenido por cada candidato, y el conjunto de listas se ordenan de acuerdo con el número de votos obtenidos por cada una. 

Por el contrario, si el partido opta por el voto no preferente, el ciudadano sólo puede votar por el partido de su preferencia sin tener en cuenta nombres específicos de candidatos. En este caso, después del escrutinio, las curules se asignan en el orden de inscripción de los candidatos dentro de la lista cerrada.  

Umbral, cuociente y cifra repartidora: Para definir quién gana una curul en el Congreso, se aplican varios conceptos o fórmulas: el umbral, el cuociente y la cifra repartidora.  El umbral es el número mínimo de votos que por ley requiere conseguir un partido o movimiento político durante la jornada electoral para tener un lugar  en el Senado o en la Cámara.  Para los candidatos que aspiran a una curul en el Senado, el umbral es equivalente al 3% de los votos válidos (son los votos obtenidos por todos los candidatos más los votos en blanco). Hasta las elecciones del 2010 el umbral fue del 2%.

En el caso de los candidatos que aspiran a obtener un renglón en la Cámara de Representantes, el umbral equivale al 50% del cuociente, que es el total de los votos válidos dividido por el número de curules a proveer.  Ahora, la cifra repartidora resulta de ordenar de mayor a menor el total de votos obtenidos sólo por los partidos o movimientos políticos que superaron el umbral. 

Cada votación obtenida se divide por los números naturales correspondientes al número de curules a cubrir. De este resultado, la cifra menor es la que se denomina cifra repartidora. El total de votos obtenido por una lista se divide por la cifra repartidora y se obtiene el número de curules que le corresponden a cada partido o movimiento político. Al cerrarse la jornada electoral, los jurados comienzan el conteo de mesa para saber cuántos votos obtuvo cada candidato y partido, según si la elección fue por voto preferente o no preferente. (Fuente: Registraduría).

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