domingo, 25 de octubre de 2015

¿Qué se elige este 25 de octubre?

Los colombianos acudirán a las urnas para elegir a los próximos Gobernadores, Alcaldes, Diputados, Concejales y Ediles o Miembros de Juntas Administradoras Locales, que gobernarán cada uno de los territorios nacionales. Para el caso de Risaralda se eligen 12 diputados



De acuerdo con la Ley 163 de 1994, las elecciones de Autoridades Locales se realizarán el último domingo del mes que para esta elección será el 25 de octubre de 2015. Los mandatarios regionales serán elegidos para gobernar por el periodo 2016 – 2019 y se posesionarán el 1 de enero del próximo año.

Este año los colombianos tendrán que decidir entre los más de 100 mil candidatos que se inscribirán para participar por una curul en todo el país. El 2015 es también crucial para la Registraduría Nacional del Estado Civil, pues debe adelantar toda la logística necesaria, no solamente para el día de la jornada electoral, sino también iniciar desde un año antes sus labores para garantizar al ciudadano y candidato su derecho a participar en el proceso electoral.

En cada municipio debe haber un alcalde, jefe de la administración local y representante legal del municipio. La isla de San Andrés es el único sitio del país en donde no se celebra elección de alcalde.
Eligen alcalde y concejo municipal los habitantes del municipio de Providencia, pero en San Andrés sólo se elige Gobernador y Asamblea.

Así mismo, los colombianos elegirán en octubre 32 gobernadores, un mandatario por cada departamento. En cada uno de los departamentos debe haber un Gobernador que será el jefe de la administración seccional y representante legal del departamento. Según lo estipula el Artículo 327 de la Constitución Política, Bogotá es el único sitio del país que no elige gobernador. 

En la capital de la República se vota por Alcalde, Concejo y Junta Administradora Local, pero no se elige ni Gobernador ni Asamblea, ya que a éstos los eligen los habitantes de los municipios de Cundinamarca.
También en cada departamento debe haber una corporación administrativa como lo es la Asamblea Departamental, la cual está integrada en la actualidad por no menos de 11 diputados, ni más de 31 miembros.

El Concejo Municipal en Colombia es una de las instituciones más representativas del derecho constitucional y administrativo. En cada municipio debe haber una corporación administrativa elegida popularmente que se denomina Concejo Municipal, integrado por no menos de 7 concejales, ni más de 21 miembros, según lo determine la ley, de acuerdo con la población respectiva.

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