viernes, 30 de diciembre de 2016

Tránsito cambia de nombre en el 2017

A partir del primero de enero de 2017 no se llamará Instituto Municipal de Tránsito de Pereira sino Instituto de Movilidad de Pereira. Además tendrá estructrura y funciones nuevas autorizadas por el Concejo al Alcalde de Pereira para hacerlo más eficiente.


Las funciones se ampliarán y se focalizarán en la esencia del término “movilidad”, lo que implicará regulaciones y atenciones especiales para los diferentes medios de transporte que emplean los pereiranos. El Instituto Municipal de Tránsito de Pereira fue creado mediante Acuerdo No. 137 de diciembre de 1994, y ahora su modificación a Instituto de la Movilidad de Pereira se sustenta en el Decreto 838 del 7 de octubre de 2016.

LAS FUNCIONES

Las nuevas funciones del Instituto de Movilidad de Pereira, cuyo reto será la auto sostenibilidad, ahora que deberá transferirle al sector central cerca de 1.900 millones de pesos, son las siguientes:

1. Formular e implementar las políticas, estrategias, planes, programas y proyectos del sistema estratégico de movilidad del municipio de Pereira, como componente del POT

2. Formular e implementar las políticas, estrategias, planes, programas y proyectos que garanticen la accesibilidad universal de los ciudadanos en el municipio de Pereira.

3. Adelantar los estudios técnicos que sean necesarios para hacer más eficiente la movilidad en el municipio de Pereira.

4. Ejercer las actividades de regulación y control del tránsito terrestre automotor en todas sus modalidades

5. Fungir como autoridad de tránsito y aplicar los procedimientos administrativos señalados en el Código Nacional de Tránsito y normas complementarias.

6. Implementar los programas y proyectos de semaforización, señalización vial y utilización de nuevas tecnologías asociadas a la movilidad en el municipio de Pereira.

7. Realizar el seguimiento y evaluación a la movilidad en el municipio de Pereira para establecer las políticas de mejoramiento del flujo vehicular motorizado y no motorizado, y de peatones.

8. Promover sistemas de transporte no motorizado

9. Garantizar la prestación de los servicios y trámites asociados con los diferentes registros, establecidos por el Ministerio de Transporte

10. Aplicar los procedimientos administrativos sancionatorios en materia de infracciones de tránsito en el municipio de Pereira

11. Establecer estrategias, programas y proyectos de seguridad y educación vial para el fortalecimiento de la cultura ciudadana y la disminución de los índices de accidentalidad

12. Coordinar con la Policía Nacional y demás autoridades la prestación de servicios de vigilancia y control de tránsito, la atención de eventos y contingencias en materia de tránsito y transporte.

13. Proyectar y elaborar los actos administrativos requeridos para la regulación y control de la circulación vehicular motorizada, no motorizada y peatonal del municipio de Pereira.

14. Capacitar, sensibilizar y certificar a nuevos conductores e infractores en técnicas de conducción.

15. Cumplir con los exhortos y providencias judiciales relacionadas con litigios sobre la propiedad de automotores, civiles y penales.

Ejercer, a través del cuerpo de agentes de tránsito adscritos a la entidad, las funciones de policía judicial que le corresponden, de conformidad con las normas aplicables

Fuente: Alcaldía de Pereira

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