sábado, 5 de noviembre de 2022

Alcaldía de Pereira se pronuncia ante sanción impuesta al Alcalde y varios funcionarios

Carlos Maya, alcalde de Pereira

Es de mencionar que el Juzgado 3 Penal Municipal ordenó arresto de seis de días al alcalde Carlos Maya, al secretario de Infraestructura, Juan Carlos Restrepo y a la director de la Diger, Alexánder Galindo por incumplimiento del fallo que obligaba al municipio la construcción de gaviones en el río Consota, a la altura del Rocío Bajo.

Defensa técnica y jurídica, anunció la secretaria jurídica encargada de Pereira, Claudia Andrea García Marín, al referirse a las acciones que se pondrán en marcha para enfrentar la sanción de seis días de arresto y multa al Secretario de Infraestructura, Juan Carlos Restrepo, al Director de la Diger, Alexánder Galiendo y del alcalde Carlos Maya, ante lo que el despacho de conocimiento considera como incumplimiento de los accionados, respecto a la acción de tutela 2021-00176.

Para contextualizar se precisa que la orden de arresto se da por supuesto incumplimiento del fallo de un juez que obligaba al municipio la construcción de gaviones en el río Consota, a la altura del Rocío Bajo.

La defensa enfatiza en que sí se han desplegado acciones por parte de la administración para dar respuesta al accionante que por medio de una acción de tutela pide la reconstrucción de un muro en gaviones en el sector del Rocío Bajo, vivienda 135.

Tras unas mesas técnicas interdisciplinarias, en las que tomó parte también la Cárder y Aguas y Aguas, además de los entidades anteriormente mencionadas, se determinó que no se puede hacer la restauración de gaviones, porque al intervenir el cauce del río, afectaría a otras viviendas aledañas. La instrucción fue elaborar un estudio de consultoría para establecer la obra que se debe ejecutar, sin que se afecte ninguna vida.

Las alternativas propuestas por la consultoría contratada por Infraestructura son tres:
1. Dragado, canalización y conformación de banca.
2. Canalización.
3. Reasentamiento.

Soluciones que implican además de tiempo, grandes recursos y gestiones contractuales, administrativas y prediales, por lo cual al accionante se le ha ofrecido subsidio de arrendamiento, el cual no ha aceptado, por lo cual se le ha solicitado a la Personería y al despacho judicial requerir al accionante para que lo reciba.

“Se estructurará la defensa jurídica técnica para demostrarle al superior jerárquico del despacho, en grado de consulta, que sí se han desplegado todas las acciones y que no existe una responsabilidad subjetiva por parte de la administración, que no hemos sido renuentes ni negligentes al cumplimiento del fallo y que al accionante se le han brindado todas las garantías, las cuales no ha aceptado y que existe también una corresponsabilidad del tutelante en aceptar el subsidio de arrendamiento, en tanto se brinda una solución integral y de fondo”,

Lo que sigue es el grado de consulta en el debate jurídico y ya será el superior jerárquico quien determinará si se confirma o no, la sanción impuesta.

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