sábado, 3 de octubre de 2026

Magistrado Lenis, contra los derechos pensionales de las mujeres

 

Por Humberto Tobón*

La postura del presidente de la Corte Suprema de Justicia, Iván Lenis, sobre la unificación de los requisitos pensionales para hombres y mujeres deja claro

que un sector de la magistratura defiende firmemente postulados neoliberales y se alinea con quienes buscan revertir conquistas alcanzadas por grupos sociales históricamente marginados, vejados y discriminados.

Los derechos reconocidos a las mujeres son una conquista universal lograda tras décadas de lucha. Sin embargo, el magistrado Lenis los desconoce al sostener que, ante un problema fiscal de la nación, deben revisarse algunos derechos sociales.

Para sustentar su posición, Lenis afirma que la caída de la natalidad y las dificultades futuras de financiación exigen ajustar la edad de jubilación de las mujeres, elevándola de los 57 años actuales a los 62 exigidos a los hombres. Esta “genialidad” del presidente de la Corte Suprema de Justicia de Colombia no considera las condiciones socioeconómicas en que viven la mayoría de las mujeres ni las razones que justifican un trato preferente en la edad de acceso a la pensión y en la reducción de las semanas requeridas por la reforma pensional.

Lenis parece ignorar que la tasa de desempleo de los jóvenes entre 15 y 28 años (15,2% trimestre móvil junio-agosto de 2026) supera la de la población general (9,4%). Si él deja de lado la comprensión de este problema estructural del mercado laboral, difícilmente entenderá que mientras los hombres jóvenes registran una tasa de desempleo del 12,5%, las mujeres jóvenes enfrentan una del 18,6 %. Esa brecha de 6,1 puntos porcentuales significa que las mujeres tienen un 48,8% menos de probabilidades de ingresar al mercado laboral que sus pares masculinos.

Ante este panorama, ¿cómo pretende el presidente de la Corte Suprema de Justicia que las mujeres cumplan los mismos requisitos pensionales que los hombres, si desde el comienzo enfrentan una desventaja tan marcada? Sería como pedirle a Sha’Carri Richardson, destacada corredora de 100 metros, que llegara a la meta al mismo tiempo que Yohan Blake, el mejor corredor de la temporada en esa distancia, comenzando ella 50 metros atrás.

Resulta desconcertante que el magistrado Lenis intente reforzar su propuesta afirmando que las mujeres hoy se perjudican porque, al cotizar durante menos tiempo, reciben mesadas inferiores. Sorprende que alguien con su formación omita que, en el sistema público, ellas han debido completar las mismas 1.300 semanas que los hombres en un periodo de tiempo menor y con menos oportunidades de ingresar tempranamente al mercado laboral, dejando a muchas sin opción de pensión. La nueva reforma busca solucionar esta inequidad reduciendo ese requisito en 50 semanas por año hasta llegar a 1.000.

En cuanto al valor de la mesada, Lenis tampoco menciona los cálculos de la OIT, las Naciones Unidas y diversos investigadores, según los cuales las colombianas enfrentan una brecha salarial cercana al 17% frente a los hombres, aun cuando realicen las mismas labores y desarrollen iguales responsabilidades, incluso con mejor formación académica y más experiencia profesional.

En lugar de presentar propuestas tan enrevesadas, el magistrado Lenis debería preparar ponencias que exijan al mercado laboral igualar las condiciones salariales de mujeres y hombres.

* Economista y Periodista

4 comentarios:

  1. Muy claros e informados los argumentos de Humberto Tobón que ilustran bien que los derechos son progresivos; una acumulación de décadas de luchas y de momentos de lucidez humana, en que reconoce que se debe superar diferentes tipos de marginación, indignidad y exclusión en este caso de las mujeres. Y contrasta con la precariedad e Ignorancia de los argumentos en que pretende sustentar su desafortunada propuesta el magistrado.

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  2. Excelente nota. Creo que es l mercado laboral no solo afecta a los jóvenes, estamos en un sistema que complejo en el que: 1. Los empleadores privados, tienen cargos fijos pero deben asumir la carga pensional. 2. Contratos por prestación de servicios que reducen la carga pensional para el empleador pero se la ponen al contratista y 3. Sector informal que no contribuye al financiamiento de las pensiones… considero que desde esa perspectiva se haría un mejor análisis antes de subir la edad de pensión!

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  3. Muy acertado su comentario,estimado Doctor Humberto,vulnerar derechos adquiridos es ir en contravía de todo el pueblo colombiano y sería un mal antecedente.
    Esa propuesta en contra de una mejor búsqueda de la equidad de la mujer frente al hombre nació muerta y deja mal parado al Magistrado

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  4. Con toda la razón, esta es una voz de protesta fundamentada .
    La estabilidad laboral, la seguridad social y el bienestar de millones de trabajadores y trabajadoras, han sido vulnerados por el propio Estado que establece modelos de informalidad laboral individual, disfrazados de contratación flexible.

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