viernes, 22 de enero de 2021

Consejo de Estado decretó suspensión provisional 
de la elección del Contralor Municipal de Pereira

Juan David Hurtado - Contraloría de Pereira

La Sección Quinta del Consejo de Estado decretó medida cautelar de suspensión provisional de los efectos del acto de elección del Contralor Municipal encargado de Pereira, por haber ejercido autoridad administrativa dentro de los 12 meses anteriores a su designación, lo que lo inhabilita para ejercer el cargo.

Juan David Hurtado Bedoya fue nombrado contralor municipal de Pereira encargado, dada la falta absoluta del titular por fallecimiento ocurrido el 6 de octubre de 2019, hasta que se llevara a cabo el concurso para proveer de manera definitiva el cargo.

La decisión modifica la inicialmente adoptada por el Tribunal Administrativo de Risaralda que, al admitir la demanda electoral contra el acto de elección del contralor, negó la suspensión provisional de sus efectos, al considerar que no era el momento procesal oportuno y era necesario que dicho estudio se abordara en la sentencia.

La Sección Quinta revocó la referida decisión, pues tras estudiar las pruebas y las normas que se aplican al caso encontró que una semana después del fallecimiento del titular del despacho, el señor Juan David Hurtado Bedoya fue nombrado y posesionado como contralor hasta que se llevara a cabo el concurso para proveer de manera definitiva el cargo.

En septiembre de 2020 fue nombrado de nuevo pero esta vez en calidad de titular del despacho el señor Hurtado Bedoya, pese a que había fungido como tal desde el 15 de octubre de 2019 hasta el 10 de septiembre de 2020, periodo durante el cual realizó distintas actividades que demuestran sin duda alguna el ejercicio de autoridad administrativa pues contó con facultades de autonomía decisoria y determinación para abordar asuntos propios de la entidad y de esta forma ejercer su adecuada administración

La Sala revocó la providencia solo en cuanto a la medida cautelar de suspensión provisional porque considero que en esta etapa procesal sí es posible establecer que el señor Juan David Hurtado Bedoya en su condición de contralor municipal de Pereira, Risaralda en encargo dentro de los 12 meses anteriores a su elección como titular, ejerció autoridad administrativa, razón por la cual de decretó la medida de suspensión provisional

A continuación, el fallo referido: 

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